Una cena y dos gin-tonics: los efectos legales de la alcoholemia en la conducción

Mateo y Lola salen a cenar un sábado. Llevan días esperando esa noche y van con ganas de disfrutar de una bonita velada los dos solos. Por una vez, los niños se han quedado en casa.Para la cena han elegido un agradable restaurante; han pedido una buena botella de vino y han tomado una copa, Mateo dos gin-tonics.Pasa el tiempo y ya va siendo hora de volver a casa o la canguro les costará más que la cena.

Mateo se pone al volante y de camino encuentran un control de alcoholemia. Le dan el alto. Mateo se para y sigue las órdenes que recibe del Agente de Policía: baje del vehículo, documentación, carnet de conducir, sople aquí,… y Mateo arroja 0,76 mg/l en aire espirado. Se pone nervioso, se siente humillado por lasituación. Lola le mira con preocupación e incomodidad por el momento tan bochornoso que están viviendo: si lo vieran sus hijos. Transcurridos diez minutos, el Agente indica a Mateo que debe realizar la segunda prueba. Esta vez el resultado es superior: 0,79mg/l en aire espirado.

Inmovilización del vehículo

El Agente informa a Mateo, siempre amable y colaborador, que está investigado por un delito contra la seguridad vial, que le requisa el carnet de conducir, y que tendrá que comparecer ante el Juez de Guardia el lunes por la mañana para un juicio rápido. Para poder marcharse de allí con su vehículo, le hacen la prueba de la alcoholemia a Lola y arroja 0,40 mg/l en aire espirado.  Diez minutos más tarde, sale 0,38mg/l. No se les permite conducir[1].

Esa noche Mateo ha tenido suerte: el Policía Local que le ha atendido se limita a entregarle la citación para el Juzgado. Sin embargo, el vehículo no se puede mover de ahí. Las alternativas para marcharse de allí son o bien, avisar a alguien que les recoja -siempre que de resultado negativo en el control de alcoholemia-, o bien la Policía inmoviliza el coche mediante un cepo y deberán llamar a un taxi.

¡Qué faena!  ¿A quién van a llamar a esas horas? ¡Mañana necesitan el coche porque tenían previsto una salida con el jefe de Lola y su família! Pero Mateo no cae en la cuenta de que ya no tiene carnet de conducir porque se lo han requisado hasta el momento en que comparezca en el Juzgado.

Finalmente, optan por llamar un taxi, que tarda mucho en llegar. La espera se les hace eterna e incómoda viendo las escenas que se repiten en el control policial: vehículos que paran, algunos conductores más educados que otros, algunos más bebidos que otros. Se sienten extraños y ajenos a todo eso, ellos jamás han cometido un delito…Ellos no se parecen a esos conductores que paran, ¡ellos no son delincuentes…!

Por fin llega el taxi que les llevará a casa. Por la mañana, todos los planes del domingo se han truncado. Ambos se sienten mal, tienen remordimientos, piensan en el Juicio del lunes, en lo que le puede pasar a Mateo. La Policía les dijo que les designarían un abogado de oficio siempre que cumplieran con los requisitos de la justicia gratuita[2]. De lo contrario, tendrían que pagar un abogado ¿Cuánto les costaría? El presupuesto de las vacaciones empieza a reducirse…

Lola vuelve a coger un taxi hasta el depósito municipal para recoger su vehículo. Le hacen nuevamente la prueba de alcoholemia, da negativo y, por fin, vuelve a casa en su coche. Mateo se ha quedado con los niños: él ya no puede conducir.

El lunes, Mateo tenía un viaje de trabajo muy importante. Con vergüenza e impotencia le cuenta a su jefe la verdad y le informa de la imposibilidad de acudir a esa reunión. Su jefe le agradece la sinceridad, sin embargo, no le gusta que uno de sus empleados tenga un Juicio pendiente por alcoholemia.

Llega al juzgado en autobús. Lola no lo puede acompañar porque tras dejar a los niños en el colegio debe ir a trabajar a donde llegará tarde porque era Mateo quien llevaba a los niños al colegio. Los niños se extrañan de este cambio de hábitos y preguntan. Las respuestas embrolladas de su madre les extrañan aún más. Ella nunca les habla así.

Multa, retirada de carné y antecedentes penales

El Juzgado está lleno de gente corriendo de aquí para allá, nadie le hace caso, no sabe muy bien dónde tiene que ir, no conoce a su abogado, no lo ha visto nunca ni hablado. El abogado le informa de su nueva condición: investigado o lo que es lo mismo: imputado. Tras cinco horas de trámites, impresos y firmas de documentos, sale de allí con una sentencia firme que le impide conducir por un año y con una pena de multa de 1.500,00€. Lo único que ha alcanzado a preguntar es si la podría pagar a plazos, le han dicho que sí, pero no ha acabado de entender cuándo y dónde debe hacerlo, demasiada información en un día. Su abogado se esfuerza por aclararle conceptos, pero en ese momento, todo es muy confuso.

Vuelve a casa en autobús. Hasta dentro de un año no podrá recoger su carnet de conducir, pero antes deberá hacer un curso de Sensibilización Vial durante dos sábados que cuesta 415,20€.

Más allá de los antecedentes penales

Ahora, Mateo, tiene antecedentes penales. Hasta dentro de 3 años no cancelarán[3]. Aún no sabe que los antecedentes penales se los pueden pedir en una entrevista de trabajo, que son exigibles para opositar, para trabajos que requieren contacto regular con niños, que paralizan una autorización inicial de residencia o trabajo yque se valoran muy negativamente en el momento de renovar o modificar las autorizaciones ya existentes, que impiden obtener la nacionalidad, que imposibilitan obtener el visado en países fuera de la UE, que impiden el acceso a determinados colegios profesionales así como para la realización de algunas actividades en régimen de concesión administrativa o supuestos que requieran autorización administrativa[4].

Transcurrido el año, Mateo ya ha pagado los 1.500,00€ de la multa y también ha abonado la minuta de su abogado:1.400,00€ más IVA. Un año en el que Mateo no ha podido llevar a sus hijos al cole ni un día; ha tenido que salir una hora antes de casa para llegar a tiempo al trabajo y, en las salidas familiares, ha sido Lola quien ha tenido que conducir, sin poder repartirse las horas al volante, así como un largo etcétera de inconvenientes.

Durante ese año, cada vez que se han montado en el coche, se han cruzado miradas de culpabilidad mutua: los dos bebieron, los dos se subieron al vehículo y ninguno pensó en las consecuencias legales de conducir bebido, entre otras cosas, porque las desconocían totalmente.

Su único consuelo es que no provocaron ningún accidente ni nadie resultó herido.Con 50 euros que se hubieran gastado en un taxi esa noche, se hubieran ahorrado todos los problemas económicos, legales y morales derivados de delito cometido por haber bebido sólo un poco de vino y un par de gin-tonics.

 

Mireia Balaguer Bataller, abogado.

________________________________________________________________

[1]Conducir bajo los efectos del alcohol constituye una infracción de las normas de circulación muy grave (artículo 65 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Por lo que, el importe a abonar por una multa por alcoholemia, según el artículo 67 del texto legal antes citado, puede ser de hasta 500 €. A esto hay que añadir la retirada de puntos del carné de conducir que puede oscilar entre los 4 y los 6 puntos: 6 puntos si la tasa de alcohol en aire espirado es superior a los 0,50 mg/l (profesionales y conductores noveles más de 0,30 mg/l) y 4 puntos si la tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0,25 mg/l e inferior a 0,50 mg/l (profesionales y conductores noveles: más de 0,15 mg/l y menos de 0,30 mg/l).

[2] De acuerdo con el art.3 de la Ley de Justicia Gratuita: personas que no cobren más de 1.310,40€ (doble SMI); personas que no cobren más de 1.638€ (dos veces y media SMI) que se integren dentro de una familia de menos de tres personas, personas que no cobren más de 1.965,60€ (triple SMI) cuando se integren en familias de cuatro o más personas o tengan la condición de familia numerosa.

[3]El plazo de 3 años se inicia una vez se ha acabado de cumplir la pena de prohibición de conducir, por lo que, en el caso de Mateo, será de 4 años..

[4]Ejemplos de trabajos en los que se necesita no tener antecedentes penales: abogados, administradores de lotería y casas de apuestas, agencias encargadas de las adopciones internacionales, auditores, Banco de España, bomberos, conductores de taxi, conductores de vehículos de transporte de pasajeros y mercancías, controlador de acceso para actividades recreativas, empleados de bingo, empleados de casino, funcionarios de prisiones, funcionarios públicos, jueces, licencias de juego, maestros, miembros directivos de entidades financieras, notarios, personal de las Cortes Generales, personal del ejército, personal de las áreas de seguridad especial del aeropuerto, personas con contratos con la Administración Pública, policías, propietarios de escuelas privadas, seguridad privada, titular de licencia de comercio de trabajo, veterinarios.

Deja un comentario