La ejecución es la gran olvidada del legislador procesal

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“El derecho a la defensa y a la libertad no desaparacen porque exista una sentencia condenatoria. Es más, debe lucharse por ellos en la fase de ejecución”. Así de rotunda se pronunció la abogado penalista, Cristina del Alcázar Viladomiu, en la conferencia pronunciada ayer en el marco del Café Criminal organizado por el Colegio de Abogados de Barcelona.

Cuestiones como  “¿Debe resolverse la suspensión de la pena antes de acordar la búsqueda y captura en fase de ejecución?”, se resolvieron en la ponencia de Del Alcázar, miembro de Bataller Balaguer Abogados. Según la abogado, “el artículo 990 LECrim no es una carta blanca para acordar la búsqueda y captura. Todo lo contrario: debe ser interpretado conforme al artículo 82 CP y a toda la jurisprudencia que dota de contenido el presupuesto de necesidad”.  “La ejecución es la gran olvidada del legislador procesal”, concluyó Del Alcázar.

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