Defensa penal de la persona jurídica

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Tanto si se ejerce la defensa o la acusación de una persona jurídica, la defensas letradas deberán “dominar tanto el proceso penal como el derecho sustantivo” según afirmaba el pasado 20 de febrero la vicepresidenta de la Sección de Derecho Penal del ICAB Cristina del Alcázar, durante la ponencia “La condición de investigada, encausada y acusada de la persona jurídica en el proceso penal” en el ICAB.

Durante la conferencia, Del Alcázar apuntó también que el Tribunal Supremo ha venido avisando  que se deben de garantizar los derechos de la persona jurídica. Prueba de ello, es por ejemplo la sentencia de Tribunal Supremo 123/2019 de 8 de marzo.

 

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